¿Cumples el nuevo RGPD? Aquí tenemos unos consejos para adaptarse al Reglamento.

Comprueba aquí si cumples correctamente con el nuevo RGPD.

Vamos a comprobar como cambia la recopilación y difusión de datos de los clientes , asi como el consentimiento que deben darnos para ello . El RGPD no le impedirá llamar a un cliente para para informarle de su pedido, pero regulará e incluso limitará en gran medida sus posibilidades en términos de acciones de marketing.
No lo olvidemos, manejamos datos de carácter «sensible». Eso implica restricciones más estrictas y probablemente multas más duras por incumplimiento. Aqui van algunos de los nuevos requisitos del RGPD.

Datos personales

Base legal con la que proceder

Consentimiento

Derecho de los interesados
 
 
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Datos personales
El nuevo Reglamento establece una definición de 'datos persoanles' mucho más amplia que la ya existente. Ahora incluye cualquier información relacionada con un individuo identificado/ identificable, lo que significa nombre, número de identificación nacional (DNI en España), dirección, dirección IP y demás datos personales requeridos.
Todas las empresas guardan datos personales de los clientes, no solo nombres y direcciones. Debemos revisar y documentar qué datos personales tenemos, cómo y dónde los recogemos, los fines para los cuales los usamos y con quién -si es el caso- los compartimos. Entender esto y a su vez limitarlo es fundamental ya que tenemos que obtener el consentimiento para cada uno de los datos que recojamos.
Con el fin de tener un consentimiento explícito válido para acatar esta nueva legislación, debemos documentar con claridad cada uso que se hace de estos datos, así como la finalidad de la recogida de esta información, en un lenguaje claro, conciso y fácil de entender. En resumen, por qué recogemos sus datos y con quién los compartimos.


Base legal con la que proceder
Lo habitual era recopilar estos datos mediante consentimiento tácito. Esto quiere decir que damos por hecho que en la relación comercial guardaremos dicha información. Con eso, los clientes daban por hecho que los mantendríamos en nuestra base de datos y utilizaríamos estos datos para contactar con ellos. Era un sistema de oposición o exclusión voluntaria: si no querían que los contactáramos, o si no querían que guardáramos sus datos, tenían que decirlo.


Ese tipo de consentimiento ya no es legal, ahora debemos obtener el consentimiento explícito. Y no solo eso, tenemos que conseguir consentimiento expreso para los diferentes usos en los que necesitamos estos datos. De acuerdo con el RGPD, antes de procesar cualquier dato personal, necesitará identificar y documentar una base legal para hacerlo. Esto puede ser un simple consentimiento; sin embargo, deberá obtener según el caso el consentimiento para cada ámbito en el que use sus datos. Curiosamente, esto nos lleva al:

Datos personales
El nuevo Reglamento establece una definición de 'datos persoanles' mucho más amplia que la ya existente. Ahora incluye cualquier información relacionada con un individuo identificado/ identificable, lo que significa nombre, número de identificación nacional (DNI en España), dirección, dirección IP y demás datos personales requeridos.
Todas las empresas guardan datos personales de los clientes, no solo nombres y direcciones. Debemos revisar y documentar qué datos personales tenemos, cómo y dónde los recogemos, los fines para los cuales los usamos y con quién -si es el caso- los compartimos. Entender esto y a su vez limitarlo es fundamental ya que tenemos que obtener el consentimiento para cada uno de los datos que recojamos.
Con el fin de tener un consentimiento explícito válido para acatar esta nueva legislación, debemos documentar con claridad cada uso que se hace de estos datos, así como la finalidad de la recogida de esta información, en un lenguaje claro, conciso y fácil de entender. En resumen, por qué recogemos sus datos y con quién los compartimos.


Base legal con la que proceder
Lo habitual era recopilar estos datos mediante consentimiento tácito. Esto quiere decir que damos por hecho que en la relación comercial guardaremos dicha información. Con eso, los clientes daban por hecho que los mantendríamos en nuestra base de datos y utilizaríamos estos datos para contactar con ellos. Era un sistema de oposición o exclusión voluntaria: si no querían que los contactáramos, o si no querían que guardáramos sus datos, tenían que decirlo.


Ese tipo de consentimiento ya no es legal, ahora debemos obtener el consentimiento explícito. Y no solo eso, tenemos que conseguir consentimiento expreso para los diferentes usos en los que necesitamos estos datos. De acuerdo con el RGPD, antes de
procesar cualquier dato personal, necesitará identificar y documentar una base legal para hacerlo. Esto puede ser un simple consentimiento; sin embargo, deberá obtener según el caso el consentimiento para cada ámbito en el que use sus datos. Curiosamente, esto nos lleva al:

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